QUE BUSCA?
SERVICIOS
 

La notaria 22 de medellin cumple con los protocolos de bio seguridad y certificado por la autoridad sanitaria de la alcaldía de medellin
Notaria 22 Medellin
fachada2 notaria 22.png
Home REGISTRO CIVIL Defunciones

PostHeaderIcon Defunciones


(Según Decreto 1260 de 1970)

Para realizar la correspondiente inscripción en el registro civil:

La Notaria hace la inscripción de una defunción con base en el certificado de defunción que debe ser expedido por el médico.

* Si es muerte por causa natural:

Esta inscripción debe hacerse dentro de los dos días hábiles siguientes a aquel en que se produjo la muerte. Si una muerte por causa natural pasa de los dos días para su inscripción, la notaria no puede proceder a realizarla sino mediando orden judicial, normalmente es el agotamiento de procedimiento ante el inspector de policía, ante quien se expresa las razones por las cuales no se procedió a hacer la inscripción de esta defunción oportunamente y culmina con la orden que da el funcionario a la Notaria para que se pueda realizar la inscripción.

* Si es muerte por causa violenta:

Se procede a su inscripción en cualquier tiempo mediando autorización judicial, es decir la orden de la autoridad competente que haya realizado el levantamiento del cadáver.

 

 
“La inscripción y la solicitud de la primera copia son gratuitos, segun articulo 5 de la Ley 1163 del 2007.”
 
 
 
{alt}